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martes, 11 de febrero de 2014

Razones para negarse a la nueva Ley de Costas

Como algunas personas ya sabréis, el pasado julio me doctoré en la Universidad de Almería con una tesis que, en uno de sus capítulos, trataba de cómo estimar la erosión sufrida en un área costera entre las localidades de Villaricos y Garrucha (levante almeriense). Durante esa época, quizá unos meses antes, se barruntaba la nueva Ley de Costas (Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988 de 28 de julio). Pues bien, dada mi aparente falta de capacidad para el análisis de dicha Ley (ni de ninguna, no soporto el leguaje jurídico), me gustaría ayudar a la difusión de un artículo publicado por el Profesor Miguel Ángel Losada, del Instituto Interuniversitario del Sistema Tierra en Andalucía y de la Universidad de Granada. El artículo se titula "La modificación de la Ley de Costas de 1988. El inicio de un nuevo ciclo devastador". Además, este artículo de mayo de 2013 de la Revista de Obras Públicas, destaca "mi zona de estudio", Vera, como uno de los ejemplos claros de la peligrosidad y consecuencias de dicha legislación. No he encontrado una mejor explicación de esta ley, así que os recomiendo encarecidamente que lo leáis, pese a que quiero destacar ciertos aspectos del texto. En el mismo número de la revista, por cierto, aparece un artículo de Pablo Saavedra (del Cuerpo de Administradores Civiles del Estado) que lleva por título "Mitos y verdades sobre la reforma de la Ley de Costas", mostrándose, evidentemente, a favor de dicha ley, por si alguien quiere leérselo también y tener todo tipo de argumentos.

El profesor Losada destaca en primer lugar que "la propia Constitución establece que la zona marítimo-terrestre, las playas y el mar territorial serán en todo caso de dominio público" y que en esta ley "la costa se trata como un espacio económico, como si fuera el Paseo de la Castellana de Madrid, donde importa la rentabilidad económica (...) y son marginales los agentes naturales y sus efectos". Es decir, se pretende legislar desde la concepción mercantilista de los recursos, no desde la propia naturaleza de los mismos, su comprensión y su respeto. De hecho, argumenta que "la costa en sí misma no necesita protección de los procesos naturales, (...) sólo necesita espacio y tiempo para seguir sus ritmos evolutivos coordinados con los del planeta (...) como el ascenso del nivel medio del mar". Además, enfatiza que "el Estado (...) debe delimitar el espacio que necesitan la franja litoral y sus ecosistemas para seguir su ritmo evolutivo, acotar la zona de inseguridad y cuantificar su vulnerabilidad (...), y especificar los escenarios probables de ascenso del nivel del mar por el calentamiento global".

Imagen de inundación en las playas de Vera por temporal.

Posteriormente, el profesor analiza cómo la delimitación del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) promulgado por la ley de 1988 se convirtió en una "lucha sin cuartel" frente al desarrollo de un sistema económico basado en la construcción y el turismo, alimentado por la liberalización del suelo de 1998, que puso las bases para un sistema de desarrollo, en palabras textuales, "desbocado, ineficiente e irresponsable".

Me llaman la atención tres claves importantísimas que destaca Losada: 1) "no se articulan los fundamentos técnicos y científicos que caracterizan los procesos litorales y sus ecosistemas (...) el resultado final es una ley ajena a la costa y sus procesos"; 2) "se ha aprobado sin disponer de los mapas de peligrosidad y riesgo de la costa española"; 3) y es casi de risa, no se constituyó ninguna comisión de expertos que informara sobre la sostenibilidad de la costa.

Cree el profesor que esta ley "iniciará un nuevo ciclo de ocupación, transformación y privatización del litoral" y que ya sólo el 30% de la franja litoral española está sin ocupar. Además, destaca la trampa de la ley, pues parece que ésta garantiza que será el estado el encargado de "intervenir y proteger la costa contra los efectos del cambio climático", por lo que, entiende el autor, se produce una "huida hacia adelante" poniendo las viejas excusas de la inseguridad jurídica, los puestos de trabajo, la importancia del turismo, etc., no entendiendo que puede ser éste último el más perjudicado en el medio-largo plazo por los efectos naturales, destruyendo el propio recurso que sustenta la actividad económica.

Línea de costa en erosión en la playa de Quitapellejos, Vera.

Además, el artículo cuestiona las bondades económicas de la ley, pues argumenta que los costes, que estima entre 200 y 2.500 millones de euros (más los 1.000 millones que nos gastamos por las inundaciones costeras), pueden ser inasumibles a medio-largo plazo en comparación con las actividades dirigidas a recuperar territorio costero.

Como conclusión, el autor destaca que, del nombre de la ley (Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988 de 28 de julio): "de protección" se refiere a las propiedades privadas, "uso sostenible del litoral" es un simple envoltorio sin sentido de fondo y "modificación" se refiere a un desmantelamiento completo de la ley del 88.

En fin, que como en casi todo, para hacer esta ley se han tenido en cuenta intereses que poco tienen que ver con los comunes y menos con los del medio ambiente y la naturaleza que sustenta, no lo olvidemos, todas las relaciones humanas, también las económicas. Es decir, que se ha hecho una ley para la costa sin contar con la costa; como, por otra parte, puede ser habitual en este gobierno, que hace leyes para las mujeres sin contar con ellas, por ejemplo; o leyes de educación sin contar con la comunidad educativa. Nada nuevo bajo el sol.

Sucesivas líneas de costa desde 1956 a 2009 con imagen de 1977 de fondo. Evidentemente, esos construcciones ya no existen a día de hoy.

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